martes, 18 de marzo de 2008

EL TELETRABAJO Y SU ENCUADRAMIENTO JURIDICO DENTRO DEL DERECHO LABORAL

EL TELETRABAJO Y SU ENCUADRAMIENTO JURIDICO DENTRO DEL DERECHO LABORAL
Sulmer Paola Ramírez Colina
En la actualidad el trabajo tiene nuevas demandas sociales es por ello que surge el Teletrabajo, término utilizado por primera vez por Nilles 1, este se inicio cuando los estados Unidos estaba atravesando por una crisis petrolera en la década de los setenta, donde se busco reducir los traslados de personas hasta su sitio de trabajo, lo que conllevo que el trabajo se llevara a la casa el cual era realizado a través de telecomunicaciones, rompiéndose la aristotélica unidad de tiempo, lugar y acción.
El teletrabajo tiene como finalidad prestar el servicio fuera de la sede física de la empresa, realizándose por medios telemáticos e informáticos.
Se podría hablar de trabajo a domicilio, el cual se extiende como un fenómeno hasta cualquier sitio donde sea posible conectarse a la red y se puede realizar desde la casa, desde un telecentro, en el avión, en el tren, en las habitaciones de un hotel, o en la empresa del cliente, por medio de una conexión directa o enviando las especificaciones o el resultado del trabajo por correo.
Su avance se debe al progreso de la sociedad y las necesidades del hombre que cambian frecuentemente, esta relación como hecho social ha ido mutando.
Debido a las características de esta innovadora forma de prestación de servicio, el teletrabajo se encuentra en una zona gris difícil de delimitar entre lo perteneciente a la jurisdicción mercantil y lo perteneciente a la jurisdicción laboral.
La idea de que el teletrabajo puede ser objeto de tutela jurídica por parte del derecho del Trabajo, es necesario analizar el origen en él de la aplicación de los postulados tradicionales del derecho laboral, dependencia o subordinación, ajenidad y remuneración.
En nuestra legislación se encuentra enmarcado bajo la modalidad de “teletrabajo subordinado”, en el que además de existir la prestación de servicio personal, ejecutada fuera de la sede de la empresa, con la utilización de medios telemáticos y /o informáticos como principales herramientas de trabajo, se observan las notas de ajenidad, dependencia, y remuneración presentes en toda relación de trabajo.
En el “Teletrabajo Subordinado” existe la prestación de servicio personal ejecutada por el teletrabajador e igualmente existe un receptor de la prestación, distinta al prestatario de la misma, por lo cual la autora considera que partiendo de este hecho, operaría la presunción de existencia de la relación de trabajo prevista en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Desventajas: el aislamiento del trabajador que confunde el ocio con el trabajo, los nuevos ordenamientos no regulan el teletrabajo lo que trae como consecuencia que se irrespeten los derechos laborales generados principalmente por el Teletrabajo Subordinado.
Ventajas: Puede aligerar considerablemente los costos de explotación para las empresas, colabora con el descongestionamiento de grandes ciudades, permite que pueda ser desempeñado por minusválidos y discapacitados desde sus casas o telecentros

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