miércoles, 12 de marzo de 2008

LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

LOS PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS LABORALES
EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL


La seguridad Social, la conseguimos consagrada en nuestra Constitución Nacional, en el Art. 86, el cual hace referencia a la creación e los Sistema de Seguridad Nacional, la Seguridad Social se ha concebido como problema de orden público, el cual debe estar regulado por el Estado, para ellos e han creado una serie de leyes que supuestamente viene a proteger a los trabajadores tanto en salud, seguridad personal, vivienda, etc.

Ahora bien, pareciera que este conjunto de leyes solo beneficiara a los trabajadores que dependen del Estado o los que peret4enecen a las empresas privadas, y deja por fuera a los trabajadores informales y a aquellos que trabajan por su propia cuenta, haciéndose esta ley discriminatoria a pesar de que es una ley que se crea por mandato constitucional, y que no debería de excluir a ninguna persona que se encuentre en el territorio de la Republica Bolivariana de Venezuela, indistintamente si es venezolano o extranjero.


Al tratarse de una garantía constitucional el Estado debe regular la actividad administrativa y reglar el Sistema de Seguridad Social, para lo cual ha creado una serie de leyes de obligatorio cumplimiento, tanto para las empresas privadas como para el mismo Estado.

Es de hacer valer que el Estado a través de los diferentes órganos que lo constituyen, ha creado regimenes de seguridad social que implanten los procedimientos administrativos del Sistema de Seguridad Social, es así, como la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) (2002) en su artículo 1, establece su objeto consagra crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su organización, funcionamiento y financiamiento, y establece como hacer efectivo el derecho a la seguridad social de las personas que se hallen sujetas a su aplicación, en tanto que los artículos 52, 59, 64,
81, 96, 97 y 100 de la LOSSS, hacen referencia a las prestaciones que debe conferir
el Sistema de Seguridad Social, y que deben ser cumplidas por el Estado o por el patrono, bien sean económicas o de servicio. Al igual que la LOSSS, existe la Ley del Régimen Prestacional de Empleo (LRPE) (2005), en su artículo 2 establece el principio
que no se debe sacrificar la justicia por simples formalidades que no sean esenciales, al igual contempla que una vez notificada las quedan a derecho y no hay necesidad de hacer nueva notificaciones para ningún otro acto que se realice en el procedimiento.


Constitución De La República Bolivariana De Venezuela (2000).
Ley Del Régimen Prestacional De Empleo (2005).
Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social (2002).
Ley Orgánica Del Trabajo (1997).

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